Julian Navascues
Nov 19 2008, 03:56 PM
Reglamento 2008/1131/CE, de 14 noviembre
LCEur 2008\1848
COMPAÑÍA AÉREA. Modifica Reglamento (CE) núm. 474/2006, de 22-3-2006 (LCEur 2006\638), que establece la lista comunitaria de las compañías aéreas objeto de una prohibición de explotación en la Comunidad.
COMISIÓN
DOL 15 noviembre 2008, núm. 306, [pág. 47]
SUMARIO
- Sumario
- Parte Expositiva
- Artículo 1
- Artículo 2
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) núm. 2111/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2005 , relativo al establecimiento de una lista comunitaria de las compañías aéreas sujetas a una prohibición de explotación en la Comunidad y a la información que deben recibir los pasajeros aéreos sobre la identidad de la compañía operadora, y por el que se deroga el artículo 9 de la Directiva 2004/36/CE , y, en particular, su artículo 4,
Considerando lo siguiente:
El Reglamento (CE) núm. 474/2006 de la Comisión, de 22 de marzo de 2006 , establece la lista comunitaria de las compañías aéreas objeto de una prohibición de explotación en la Comunidad, prevista en el capítulo II del Reglamento (CE) núm. 2111/2005.
De conformidad con el artículo 4, apartado 3, del Reglamento (CE) núm. 2111/2005, algunos Estados miembros transmitieron a la Comisión la información pertinente en el contexto de la actualización de la lista comunitaria. Algunos terceros países también comunicaron información pertinente. Sobre esta base, procede actualizar la lista comunitaria.
La Comisión informó a todas las compañías aéreas afectadas, directamente o, de no haber sido esto posible, a través de las autoridades responsables de la supervisión normativa, de los hechos y argumentos esenciales en los que podría basarse la decisión de imponerles una prohibición de explotación dentro de la Comunidad o de modificar las condiciones de una prohibición de explotación impuesta a una compañía aérea incluida en la lista comunitaria.
La Comisión dio a las compañías aéreas afectadas la oportunidad de consultar los documentos facilitados por los Estados miembros, de comunicar por escrito sus observaciones y de hacer una presentación oral en un plazo de diez días hábiles ante la Comisión y ante el Comité de Seguridad Aérea, instaurado en virtud del Reglamento (CEE) núm. 3922/91 del Consejo, de 16 de diciembre de 1991 , relativo a la armonización de normas técnicas y procedimientos administrativos aplicables a la aviación civil.
Las autoridades responsables de la supervisión normativa de las compañías aéreas afectadas han sido consultadas por la Comisión, así como por algunos Estados miembros en determinados casos.
Procede, por tanto, modificar el Reglamento (CE) núm. 474/2006 en consecuencia.
Compañías aéreas comunitarias
Según la información derivada de las inspecciones en pista realizadas a las aeronaves de algunas compañías comunitarias en el marco del programa SAFA, así como de otras inspecciones y auditorías en determinados ámbitos llevadas a cabo por las respectivas autoridades nacionales de aviación, las siguientes compañías aéreas han quedado sujetas a medidas restrictivas por parte de las autoridades nacionales responsables de su supervisión: Aunque las autoridades competentes de Alemania están satisfechas de las medidas correctoras aplicadas por la compañía MSR Flug Charter GmbH, decidieron suspender su licencia de explotación el 31 de octubre de 2008 después de que la compañía presentará solicitud de suspensión de pagos, por las consecuencias que ello puede entrañar en relación con los requisitos de seguridad; el 10 de octubre de 2008, las autoridades competentes de Portugal suspendieron el AOC de la compañía Luzair, a la espera de que esta última reciba una nueva certificación que acredite la pena conformidad con las normas comunitarias aplicables; las autoridades competentes de España iniciaron el 28 de octubre de 2008 el procedimiento de suspensión del AOC de la compañía Bravo Airlines; el 24 de octubre de 2008, las autoridades competentes de Grecia suspendieron durante tres meses el AOC de Hellenic Imperial Airways. Esta compañía solicitó ser oída por el Comité de Seguridad Aérea, petición que fue atendida el 3 de noviembre de 2008.
Compañías aéreas de Angola
Tras la adopción del Reglamento (CE) núm. 715/2008 , la Comisión ha recibido nueva información que confirma la existencia de deficiencias de seguridad sistémicas en INAVIC. El 1 de octubre de 2008, la OACI hizo público el informe final de su auditoría sobre Angola, llevada a cabo entre el 26 de noviembre y el 5 de diciembre de 2007 en el marco del Programa Universal de Auditoría de la Vigilancia de la Seguridad Operacional (USOAP). Ese informe contiene asimismo las observaciones de la autoridad auditada, así como las medidas correctoras sometidas a consideración de la OACI para la resolución de las deficiencias encontradas. El número de problemas constatados en los ámbitos regulados por los anexos 1, 6, 8 y 13 del Convenio de Chicago asciende a cuarenta y seis (46). Esos resultados indican un alto nivel de incumplimiento efectivo de las Normas y Prácticas Recomendadas de la OACI en los ocho elementos críticos del sistema de supervisión de la seguridad. En particular, los elementos críticos que registran un grado de inobservancia superior al 80% son la legislación primaria de aviación (84%), la reglamentación operacional específica (89%), la cualificación y formación del personal técnico (81%), las obligaciones en materia de licencias y certificación (81%), las obligaciones de supervisión (80%) y la resolución de los problemas de seguridad (100%). Por añadidura, la OACI ha expresado serias inquietudes en materia de seguridad en el ámbito de la certificación y supervisión de las operaciones de aeronaves, poniendo en duda que, incluso tras haber presentado un plan de medidas correctoras aplicado por INAVIC, «los operadores aéreos que desarrollen operaciones internacionales puedan demostrar que cumplen las disposiciones aplicadas por INAVIC en cumplimiento de las prescripciones del anexo VI de la OACI». En la fecha de publicación del informe, se habían implantado el 50% de las medidas correctoras.
Esta situación corrobora el informe del equipo de expertos de la Comisión y los Estados miembros, que realizó una visita de información a Angola entre el 18 y el 22 de febrero de 2008. De hecho, el informe de auditoría del USOAP confirma que los AOC de todas las compañías de Angola incumplen el anexo VI del Convenio de Chicago. No está previsto llevar a término la certificación de esas compañías, conforme al plan de medidas correctoras presentado a la OACI, antes del 31 de mayo de 2009.
El 6 de octubre de 2008, la Comisión dirigió una carta a las autoridades competentes de Angola, de conformidad con el artículo 7 el Reglamento (CE) núm. 2111/2005, en la que ofrecía a aquéllas y a todas las aerolíneas certificadas en Angola la posibilidad de consultar la documentación pertinente antes de que se tomara una decisión. Por añadidura, se invitó a todas esas compañías a transmitir sus observaciones por escrito y/o hacer una presentación oral ante la Comisión y el Comité de Seguridad Aérea.
La Comisión reconoce los esfuerzos realizados por INAVIC con el fin de aplicar progresivamente las medidas correctoras propuestas por la OACI. Sin embargo, hasta que no se acredite la correcta implantación del plan de medidas, en particular con respecto a la nueva certificación de las compañías aéreas, de manera plenamente conforme con el anexo 6 del Convenio de Chicago, la Comisión, sobre la base de los criterios comunes, considera que todas las compañías aéreas certificadas en Angola deben quedar sujetas a una prohibición de explotación y, en consecuencia, ser incluidas en el anexo A. La Comisión consultará sin demora a las autoridades de Angola sobre este asunto.
Compañías aéreas del Reino de Camboya
Existen pruebas de la insuficiente capacidad de las autoridades responsables de la supervisión de las compañías aéreas certificadas en el Reino de Camboya para abordar las deficiencias de seguridad, como ha mostrado la auditoría del USOAP realizada por la OACI en noviembre y diciembre de 2007, en la que se señala un gran número de incumplimientos de las normas internacionales. Además, la OACI ha comunicado a todas las partes contratantes la existencia de importantes problemas de seguridad en relación con la capacidad de las autoridades de aviación civil de Camboya de desempeñar su misión de supervisión de la seguridad aérea. Por ello, tal como prevé el considerando 35 del Reglamento (CE) núm. 715/2008, el 3 de octubre de 2008 la Comisión invitó a las autoridades competentes de Camboya (SSCA) y a todas las compañías aéreas certificadas en aquel país a facilitar oportunamente toda la información pertinente relativa a la aplicación de las medidas correctoras destinadas a resolver las deficiencias de seguridad indicadas por la OACI, y, en particular, a que procedieran a una nueva certificación de las compañías aéreas.
La SSCA ha informado a la Comisión de que ha revocado los AOC de las siguientes compañías aéreas: Sarika Air Services, Royal Air Services, Royal Khmer Airlines e Imtrec Aviation. Además, se ha suspendido el AOC de PMT Air hasta el 12 de abril de 2009, por incumplimiento de la reglamentación camboyana de aviación civil.
Sin embargo, la seguridad de Siem Reap Airways International sigue siendo motivo de preocupación. Se ha mantenido el AOC de esa compañía aérea sin limitación geográfica, a pesar de que existen indicios de que el operador no cumple la reglamentación camboyana de aviación civil ni las prescripciones de la OACI. Por consiguiente, sobre la base de los criterios comunes, se resuelve que esta compañía aérea debe ser objeto de una prohibición de explotación y, por lo tanto, ser incluida en el anexo A. La Comisión está dispuesta a prestar asistencia técnica a las autoridades competentes del Reino de Camboya y revisará, en la próxima reunión del Comité de Seguridad Aérea, la situación de seguridad de dicha compañía a la vista de cualquier documentación que presenten las autoridades competentes de ese país.
Compañías aéreas de la República de Filipinas
Existen pruebas de graves deficiencias seguridad en todas las compañías aéreas certificadas en la República de Filipinas, así como de la insuficiente capacidad de las autoridades de supervisión responsables para afrontar las citadas deficiencias, como así demuestra la rebaja de la calificación de seguridad del país a Categoría 2 por parte de la Administración de Aviación Federal (FAA) del Ministerio de Transporte de los Estados Unidos, en el marco de su programa IASA, lo cual indica que la República de Filipinas incumple las normas internacionales de seguridad establecidas por la OACI.
Con todo, el 13 de octubre de 2008 las autoridades competentes de Filipinas presentaron a la Comisión un plan pormenorizado de medidas correctoras con el objetivo de rectificar la situación de la aviación civil del país, de modo que, cuando dicho plan se lleve a cabo, Filipinas pueda demostrar un cumplimiento sostenible de las normas de la OACI, tanto por lo que se refiere al sistema de supervisión del Estado como a las operaciones de las compañías aéreas con licencia expedida por Filipinas. De conformidad con el citado plan, aproximadamente la mitad de las medidas correctoras previstas deberán haberse llevado a cabo el 31 de diciembre de 2008, y el resto, el 31 de marzo de 2009.
En el marco del USOAP, las autoridades competentes de Filipinas han solicitado a la OACI que retrase hasta octubre de 2009 la exhaustiva inspección de su Oficina de Transporte Aéreo que dicha Organización tenía previsto realizar en noviembre de 2008.
La Comisión Europea tiene intención de llevar a cabo a principios de 2009, con asistencia de los Estados miembros, una evaluación de las autoridades competentes de Filipinas que incluya la verificación de la aplicación del plan de medidas correctoras, a fin de poder decidir el curso de acción más apropiado en la próxima reunión del Comité de Seguridad Aérea.
Compañías aéreas de Guinea Ecuatorial
Las autoridades de Guinea Ecuatorial informaron a la Comisión de que han expedido certificados de operador aéreo a las siguientes compañías: EGAMS y Star Equatorial Airlines. Puesto que dichas autoridades han demostrado una falta de capacidad para llevar a cabo la supervisión adecuada de la seguridad de las compañías certificadas, ambas compañías deben ser incluidas en la lista del anexo A.
Compañías aéreas de Kyrgyzstan
Las autoridades de la República Kirguisa acreditaron ante la Comisión la retirada del certificado de operador aéreo a las compañías siguientes: Asia Alpha Airways, Artik Avia, Esen Air, Kyrgyzstan Airlines y Osh Avia. Dado que, en consecuencia, estas compañías han cesado sus actividades, procede retirarlas de la lista del anexo A.
Compañías aéreas de Sierra Leona
Las autoridades competentes de Sierra Leona han acreditado ante la Comisión la cancelación del certificado de operador aéreo de Bellview Airlines, (SL). Dado que esa compañía ha cesado sus actividades, procede retirarla de la lista del anexo A.
Yemen-Yemen Airways
Tras la adopción del Reglamento (CE) núm. 715/2008, la Comisión recibió información de las autoridades competentes de la República de Yemen, así como de la compañía Yemenia, en el sentido de que el plan de medidas correctoras había sido discutido y revisado con Airbus, y que esta última empresa había efectuado auditorías de la compañía en los ámbitos del mantenimiento y la explotación. El 17 de septiembre de 2008, la Comisión recibió los resultados de esas conversaciones.
La Comisión ha venido siguiendo de cerca el desempeño de la compañía en materia de seguridad, y considera que los resultados de los controles en pista efectuados a las aeronaves explotadas por Yemenia en la Comunidad desde la aprobación del Reglamento (CE) núm. 715/2008 muestran que la compañía ha estado aplicando su plan de medidas correctoras en el ámbito del mantenimiento y la disciplina operacional de manera sostenible para evitar la reaparición de deficiencias de seguridad significativas. A raíz de una serie de inspecciones en pista realizadas a las aeronaves de Yemenia, que pusieron de manifiesto graves incumplimientos, la Comisión oyó a la compañía el 15 de octubre, fecha en la que recibió documentación que acreditaba que Yemenia había reaccionado de manera diligente y adecuada para resolver de manera sostenible las deficiencias detectadas. Así pues, la Comisión considera, sobre la base de esa información, que no son necesarias nuevas medidas. Los Estados miembros verificarán sistemáticamente el cumplimiento efectivo de las normas de seguridad aplicables, concediendo prioridad a las inspecciones en pista de las aeronaves de esta compañía, de conformidad con el Reglamento (CE) núm. 351/2008 .
Nouvelle Air Affaires Gabon
La compañía Nouvelle Air Affaires Gabon solicitó hacer una presentación ante el Comité de Seguridad Aérea, y fue oída el 3 de noviembre de 2008. La Comisión tomó nota de que la compañía ha emprendido una reorganización e iniciado una serie de actuaciones correctoras con el fin de demostrar finalmente su observancia de las normas internacionales de seguridad de la aviación. Sin embargo, la compañía no ha acreditado documentalmente que su plan de medidas correctoras haya sido aprobado por las autoridades competentes de Gabón ni que la aplicación del plan haya sido comprobada.
En relación con el ejercicio de la supervisión de la seguridad de Nouvelle Air Affaires Gabon, las autoridades competentes de Gabón no han acreditado que dichas actividades en relación con las operaciones de las aeronaves se lleven a cabo de conformidad con las normas internacionales, ni que se hayan aplicado, en relación con esa compañía aérea, las medidas mencionadas en el considerando 15 del Reglamento (CE) núm. 715/2008. El 5 de noviembre de 2008, las autoridades competentes de Gabón trasmitieron información relativa al ejercicio de las actividades de supervisión de determinadas compañías aéreas certificadas en aquel país. Esa información no contiene ninguna prueba en relación con la supervisión en el ámbito de las operaciones de las aeronaves.
Por lo tanto, la Comisión considera que, sobre la base de los criterios comunes, no se puede retirar actualmente a la compañía del anexo A de la lista comunitaria.
Compañías aéreas de Ucrania
Ukraine Cargo Airways
Tras la adopción del Reglamento (CE) núm. 715/2008, las autoridades competentes de Ucrania transmitieron a la Comisión, el 14 de agosto de 2008, el nuevo AOC de la compañía, válido desde el 4 de agosto de 2008, informando que, tras haber inspeccionado a la compañía en los meses de junio y julio de 2008, habían decidido levantar todas las anteriores restricciones y autorizar que se añadieran las siguientes aeronaves al certificado de operador aéreo: cinco IL-76 con marcas de matrícula UR-UCC, UR-UCA, UR-UCT, UR-UCU, UR-UCO; un AN- 12 con marcas de matrícula UR-UCN; y dos AN-26 con marcas de matrícula UR-UDM y UR-UDS. Asimismo, con arreglo al nuevo AOC, se eliminaron las siguientes aeronaves por incumplimiento de las normas internacionales de seguridad: cuatro IL-76 con marcas de matrícula URUCD, UR-UCH, UR-UCQ, UR-UCW; un AN-26 con marcas de matrícula UR-UCP; y un TU-154-B2 con marcas de matrícula UR-UCZ. El 31 de octubre, las autoridades competentes de Austria informaron a las autoridades competentes de Ucrania que consideraban cerrados los resultados de los controles en pista SAFA realizados en 2007 y 2008 a la aeronave AN-12 de la compañía, con matrícula UR-UCK. La aeronave fue eliminada del AOC de la compañía.
Esta última solicitó ser oída por el Comité de Seguridad Aérea, petición que fue atendida el 3 de noviembre de 2008. En la reunión del Comité de Seguridad Aérea, las autoridades competentes de Ucrania reafirmaron que los incumplimientos anteriores de un número de aeronaves, cuya explotación se había restringido hasta entonces con arreglo a una decisión de febrero de 2008, se debía a «decisiones tecnológicas y económicas». Sin embargo, no explicaron el modo en que la compañía había resuelto esas anteriores dificultades «tecnológicas o económicas». Tampoco se facilitó información respecto de la nueva situación de la compañía que permitiera establecer que cualquier iniciativa correctora adoptada para resolver las deficiencias de seguridad de su flota completa podía aportar soluciones sostenibles.
La Comisión reconoce los esfuerzos realizados por la compañía para tomar las medidas correctoras que permitan resolver todas las deficiencias de seguridad señaladas. Sin embargo, a falta de acreditación por parte de las autoridades competentes de Ucrania en relación con la comprobación de la aplicación de las medidas correctoras y la eficacia de dichas medidas para resolver de manera sostenible los problemas detectados, la Comisión considera que, sobre la base de los criterios comunes, no es posible actualmente retirar a la compañía del anexo A de la lista comunitaria. Antes de considerar cualquier modificación de la prohibición de explotación, la Comisión y los Estados miembros habrán de organizar una visita conjunta sobre el terreno. Esto ha sido aceptado por la compañía y sus autoridades durante la reunión del Comité de Seguridad Aérea.
Ukrainian Mediterranean Airlines
El 15 de octubre de 2008, la compañía informó a la Comisión de que había ultimado un plan de medidas correctoras que resolvía todas las deficiencias de seguridad detectadas, y pidió hacer una presentación ante el Comité de Seguridad Aérea. La compañía fue oída el 3 de noviembre de 2008. En su presentación, la compañía hizo una referencia general al efecto económico que había sufrido durante el período en que figuró en el anexo A, y afirmó que su comportamiento en materia de seguridad había mejorado, alegando que había sufrido menos incidentes serios en Ucrania desde 2007 que otras compañías del mismo país. Asimismo afirmó que su AOC había sido renovado el 31 de octubre de 2008, tras una auditoría de las autoridades ucranianas competentes. La compañía aportó pruebas documentales de la aprobación de la Administración de Aviación de Ucrania sobre la aplicación de su plan de medidas correctoras el 31 de octubre de 2008.
El 24 de octubre se invitó a las autoridades competentes de Ucrania a transmitir a la Comisión la comprobación detallada de la aplicación de las medidas correctoras por parte de Ukraine Mediterranean Airlines, a fin de que la Comisión y el Comité de Seguridad Aérea pudieran evaluar si dichas medidas eran adecuadas. Asimismo se les invitó a que transmitieran la correspondiente información sobre las auditorías e inspecciones que habían realizado a dicha compañía en relación con su AOC y el cumplimiento de las normas y prácticas recomendadas de la OACI. La Comisión no ha recibido ninguna documentación de las autoridades competentes de Ucrania en tal sentido.
Por consiguiente, dado que las autoridades responsables de la supervisión normativa no han acreditado que se hayan aplicado y cumplido las normas de seguridad pertinentes, la Comisión considera que no se han aportado las pruebas necesarias y suficientes para permitir evaluar la adecuación del plan de medidas correctoras destinado a rectificar de manera sostenible todas las deficiencias de seguridad que llevaron a la imposición de una prohibición de explotación en la Comunidad mediante el Reglamento (CE) núm. 1043/2007, de 11 de septiembre de 2007 .
Por lo tanto, la Comisión considera que, sobre la base de los criterios comunes, no se puede retirar actualmente a la compañía del anexo A de la lista comunitaria. Antes de considerar cualquier modificación de la prohibición de explotación, la Comisión y los Estados miembros habrán de organizar una visita conjunta sobre el terreno. Esto ha sido aceptado por la compañía y sus autoridades durante la reunión del Comité de Seguridad Aérea.
Supervisión general de la seguridad de las compañías aéreas de Ucrania
La Comisión llamó la atención de las autoridades competentes de Ucrania hacia el hecho de que, a pesar de haber incrementado éstas sus actividades de supervisión, la vigilancia del comportamiento de las compañías aéreas con licencia de Ucrania seguía revelando situaciones inquietantes en las inspecciones en pista. Se invitó a dichas autoridades a que aportasen las oportunas aclaraciones y tomasen las medidas necesarias, en su caso. Esas autoridades informaron a la Comisión el 10 de octubre sobre sus actividades de supervisión y medidas de ejecución en relación con las compañías aéreas de Ucrania.
Con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) núm. 715/2008, la Comisión solicitó a las autoridades competentes de Ucrania que presentasen un informe de ejecución relativo a la aplicación del plan de medidas correctoras para mejorar y reforzar el ejercicio de la supervisión de la seguridad aérea en Ucrania. Las autoridades competentes de Ucrania presentaron tal informe el 10 de octubre de 2008. El informe muestra un incremento de las actividades de supervisión que afecta al número de inspecciones de aeronaves, inspecciones de AOC y actividades encaminadas a hacer cumplir la normativa. Sin embargo, también pone de manifiesto que la mayor parte de las iniciativas previstas para septiembre de 2008 habían debido aplazarse hasta fin de año, incluida la aprobación del Código de Aviación y las medidas correctoras relativas a las operaciones de las aeronaves. La Comisión comprobará la aplicación del plan de acción con anterioridad a la próxima reunión del Comité de Seguridad Aérea antes de proponer cualquier nueva medida.
Observaciones generales sobre las demás compañías incluidas en los anexos A y B
Pese a las peticiones específicas de la Comisión, no se han recibido hasta el momento pruebas de la plena aplicación de las medidas correctoras adecuadas por parte de las demás compañías incluidas en la lista comunitaria actualizada el 24 de julio de 2008, ni de las autoridades responsables de la supervisión normativa de dichas compañías. Por consiguiente, sobre la base de los criterios comunes, se considera que dichas compañías aéreas deben seguir sujetas a una prohibición de explotación (anexo A) o a restricciones de explotación (anexo B.), según proceda.
Las medidas previstas en el presente Reglamento se atienen al dictamen del Comité de Seguridad Aérea, ha adoptado el presente Reglamento:
DO L 344 de 27-12-2005, pg. 15.
DO L 84 de 23-3-2006, pg. 14.
DO L 373 de 31-12-1991, pg. 4.
Artículo 1.
El Reglamento (CE) núm. 474/2006 queda modificado como sigue:
1) Se sustituye el anexo A por el anexo A del presente Reglamento.
2) Se sustituye el anexo B por el anexo B del presente Reglamento.
Artículo 2.
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de la Unión Europea».
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
19 de noviembre de 2008
FUENTE ARANZADI/WESTLAW
Francisco Alegre
Nov 19 2008, 08:47 PM
CITA
Guinée équatoriale: pratique de la torture "systématique", rapporte l'ONU19-11-2008
1 hour ago
MALABO (AFP) Le rapporteur spécial de l'ONU sur la torture Manfred Nowak, qui a achevé mardi une mission en Guinée équatoriale, a conclu que "la torture est systématiquement pratiquée" dans ce pays, selon son rapport préliminaire obtenu mercredi par l'AFP à Malabo.
"J'ai constaté que la torture est pratiquée de manière systématique (...) contre les personnes qui refusent de +coopérer+ (avec la police), des détenus politiques ainsi que des personnes soupçonnées (de) crimes de droit commun", écrit M. Nowak dans ce document rassemblant ses "conclusions préliminaires".
Le rapport final sera rédigé à son retour à Genève et transmis au gouvernement équato-guinéen, qui l'avait "invité" pour notamment "évaluer la situation de la torture", d'après sa délégation qui a quitté Malabo mardi.
Durant son séjour (9-18 novembre), la mission n'a toutefois pu avoir accès "à aucun lieu de détention sous autorité militaire" dans le pays, dirigé d'une main de fer depuis 1979 par le président Teodoro Obiang Nguema.
Selon le rapporteur onusien, la gendarmerie "semble" recourir "moins fréquemment" à la torture, pratiquée surtout "dans les commissariats de police" et prisons de Malabo, la capitale, et Bata, la deuxième ville située dans la partie continentale, afin d'arracher aux victimes "des aveux ou informations, parfois aussi pour les intimider, punir ou leur extorquer de l'argent".
Citant des témoignages confirmés "par un médecin légiste" et "des preuves découvertes dans les commissariats", il évoque des détenus battus "souvent sur la plante des pieds et/ou sur les fesses" avec matraques, câbles ou bâtons. "Des décharges électriques provoquées par des câbles de démarrage de voiture attachés à diverses parties du corps par des pinces, plusieurs formes de suspension avec pieds et mains attachés" pendant de longues périodes.
"Pendant qu'ils sont suspendus, (ils) sont balancés ou frappés. De plus, des objets lourds, batteries de voitures entre autres, sont placés sur (leur) dos", poursuit le rapporteur.
Il dépeint par ailleurs un tableau sinistre pour les détenus tant dans les commissariats que dans les deux principales prisons du pays: "cellules sales, humides", sans installations sanitaires et matelas, "des bouteilles et sacs plastiques" pour satisfaire leurs besoins, accès limité à l'eau pour boire et se laver, alors que les visites leur sont interdites, l'accès aux soins et aux médicaments "extrêmement limité".
Manfred Nowak attribue une telle situation à une "impunité (...) quasi-totale". "Aucun auteur présumé de torture n'a été traduit en justice. Au contraire, des officiers dont on sait qu'ils ont régulièrement eu recours à la torture, poursuivent leur carrière dans la police ou la gendarmerie", déplore-t-il, en recommandant notamment une "réforme profonde" des institutions et législations pour combattre efficacement la torture dans le pays.
En juillet 2007, une mission du groupe de travail de l'ONU sur la détention arbitraire, conduite par la juge espagnole Manuela Carmena Castrillo, s'était inquiétée des conditions d'emprisonnement et de la situation des détenus en Guinée équatoriale.
"La situation générale relative à la privation de liberté continue d'être un sujet de profonde préoccupation", avait-elle indiqué. http://www.google.com/hostednews/afp/artic...Y3bRGG_nCWQL4Rw CITA
Guinea ecuatorial: La tortura es práctica "sistemática", según la ONU
19 de noviembre de 2008
Hace una hora
MALABO (AFP)
El Relator Especial de la ONU sobre la tortura Manfred Nowak, que terminó el martes una misión en Guinea Ecuatorial, concluyó que " la tortura era sistemáticamente practicada " en este país, según su informe preliminar obtenido el miércoles por AFP en Malabo.
"He comprobado que la tortura es practicada de manera sistemática (...) Contra las personas que niegan a “cooperar” (con la policía), detenidos políticos así como personas sospechosas de crímenes de derecho común ", escribe Sr. Nowak en este documento que reúne sus " conclusiones preliminares”.
El informe final será redactado a su vuelta en Ginebra y transmitido al gobierno ecuatoguineano, que lo había "invitado" precisamente para " evaluar la situación de la tortura ", según la delegación que dejó Malabo el martes.
Durante su estancia (9-18 de noviembre), la misión no pudo tener no obstante acceso " a ningún lugar de detención bajo autoridad militar " en el país, dirigido desde el 1979 con puño de hierro por el presidente Teodoro Obiang Nguema.
Según el relator especial de la ONU, la gendarmería "parece" recurrir " al menos frecuentemente " a la tortura, practicada sobre todo " en las comisarías de policía " y prisiones de Malabo, la capital, y Bata, la segunda ciudad situada en la parte continental, con el fin de arrancar de las víctimas " confesiones o informaciones, a veces también para intimidar, castigar o sacar dinero".
Citando testimonios confirmados " por un médico forense " y " pruebas descubiertas en las comisarías ", sostiene que los detenidos son golpeados " a menudo en la planta de los pies y\o sobre las nalgas " con garrotes, cables o palos. " Descargas eléctricas provocadas por cables de arranque de coche atados a diversas partes del cuerpo por pinzas, varias formas de suspensión con pies y manos atados " durante largos períodos.
“Mientras que están suspendidos, son zarandeados o golpeados. Además, objetos pesados, baterías de coches entre otras cosas, son colocados sobre su espalda ", continua el Relator Especial.
Describe, por otro lado, un cuadro siniestro para los detenidos tanto en las comisarías como en las dos principales prisiones del país: "celdas sucias y húmedas ", sin instalaciones sanitarias y colchón, " botellas y sacos plásticos " para satisfacer sus necesidades, acceso limitado al agua para beber y lavarse, mientras que las visitas les son prohibidas y el acceso a cuidados y a medicinas "extremadamente limitado".
Manfred Nowak atribuye tal situación a una " impunidad (...) casi-total ". " Ningún presunto autor de tortura ha sido demandado ante la justicia. Al contrario, oficiales que se sabe que regularmente recurrieron a la tortura, continúan su carrera en la policía o la gendarmería ", lamenta, recomendando particularmente una " reforma profunda " de las instituciones y la legislación para combatir eficazmente la tortura en el país.
En julio de 2007, una misión del grupo de trabajo de la ONU sobre la detención arbitraria, dirigida por la juez española Manuela Carmena Castrillo, se había alarmado por condiciones de encarcelamiento y de la situación de los detenidos en Guinea Ecuatorial.
“La situación general relativa a la privación de libertad continua siendo materia de profunda preocupación ", señalo.
Maripili
Nov 21 2008, 03:36 PM
CITA
Cameroun, des défaites à la révolution? medium4you.be
jeudi 20 novembre 2008
par Aimé Mathurin Moussy A la naissance de nos nations après les guerres des indépendances, il est vrai, la plupart de ces nouveaux Etats africains, rêvaient de révolution, de restauration des valeurs traditionnelles, de retour aux sources . Agressivement nationalistes, ils formaient en même temps la nouvelle Internationale des exploités, selon Alain Finkielkraut(1). Mais quarante(40) ans plus tard, le syndicat des pauvres a laissé libre cours à une pratique anticolonialiste, l’unicité, l’homogénéité : Le gouvernement de parti unique. Dans l’esprit des dirigeants de l’époque, ce mode de pratique, est la traduction politique la plus adéquate du concept d’identité culturelle, qui devait soustraire l’épanouissement du droit, et favoriser l’uniformisation des consciences. Un seul chef, une seule voix et une seul parti. Cette indépendance de façade, a laissé apparaître une bourgeoisie autochtone, emprisonnée par les puissances européennes.
L’IDENTITE OU LA SERVITUDE
IL apparaît dans le syllogisme politique, des pratiques qu’on croyait oubliées, avec la fin des tensions entre l’Ouest et l’Est : la lutte des classes. Le combat de la survie met face deux concepts: le libre échangisme et l’asservissement d’une part, la religion et l’animisme d’autre part. Les puissances occidentales veulent s’imposer sur le marché du libre échange, celui –ci se traduit par l’assimilation politique, religieuse, économique. Face à ce colonialisme raffiné, les paysans et les jeunes laissés- pour-compte, se dressent en front anti européen, la xénophobie semble être l’arme idoine pour s’affirmer dans cette société où l’argent est le maître mot. Par conséquent, les mots d’ordre de désobéissance civique lancés par Gandhi traduisent cette volonté des pays du tiers–monde de ne plus se laisser marcher sur les pieds. Jamais en Afrique le nationalisme n’a été autant exacerbé ces cinq dernières années. L’Afrique est devenue la nouvelle terre de recrutements de tous les illuminés, pour mener des guerres saintes : l’Armée de Résistances des Saigneurs en Ouganda, et La Guerre Sainte d’AL-Hajj Umar au Soudan. Ces adeptes veulent imposer un nouvel ordre des choses, construire une société qui leur est identique. Dans la nouvelle aspiration des classes dominées, il est notoire que leurs revendications s’appliquent à ce qu’elles retrouvent le statut de nations pauvres, mais libres de se prendre en main. Tant que l’occident ne lâchera pas du lest, il va sans dire que des tranchées vont se creuser, et un dialogue de sourds s’installera. Le fanatisme, la guérilla.
LUTTES DE POUVOIR
La fin d’année s’annonce chaotique, le gouvernement tremble sous l’imminence d’un remaniement ministériel. Paul Biya est mis au ban de la communauté internationale, avec la disparition d’un réfugié politique équato- guinéen , qui était sous la protection juridique et administrative du Cameroun. Maurice Kamto a échoué comme juge à la Cour Internationale de Justice, une bérézina pour le pouvoir en place. La fausse ou vraie prise d’otages des Français ; démontre à la face du monde que Paul Biya n’est plus digne de confiance. Les fins de règnes qui s’accompagnent de tous les positionnements possibles, engendrent une provocation à ciel ouvert, et certaines tensions perceptibles. Raison pour laquelle, l’aide de camp du président, sentant la fin proche, a voulu se faire la belle avec le pognon du roi ? On se demande au Cameroun, qui des grosses fortunes du parti au pouvoir, des militaires, de la tribu sortira vainqueur de ce combat ? Qui célébra les défaites ou la victoire ? Nous savons ce qui s’est produit dans ces Etats où des personnages s’identifiaient à leurs nations : la Côte d’Ivoire d’Houphouët Boigny, le Zaïre de Mobutu, Le Togo d’Eyadema, les fins tragiques de ces thaumaturges ont laissé une insécurité et une barbarie dont le monde se serait passé. L’Etat de droit a donné place à l’Etat sauvage. Alors, d’ici une dizaine d’années, voire moins, que nous restera-t-il du Cameroun de Biya, du Gabon de Bongo, de la Guinée Equatoriale d’Obiang Nguema? Un génocide que l’histoire n’ait jamais vécu, si un processus de transition démocratique n’est pas organisé en amont. Sous le faux prétexte de la non-ingérence, les organismes de préventions et de gestions de conflits du système des nations unies ne peuvent-ils pas nous éviter ces hécatombes ? Selon le Professeur Jean Marc Ela (2): " Au-delà des schémas usés, il faut poser les rapports du monde occidental et des pays du Sud en termes de peuples vieux et de peuples jeunes dont l’irruption dans l’histoire est un mouvement irréversible à l’ère des nouvelles mobilités. Dans cette direction, aucun Etat, si puissant soit-il, ne peut échapper à la nécessité de se regarder lui-même afin d’exorciser les monstres qui l’habitent ". Michel Faucheux(3), dans son article qui s’intitule : célébrer les défaites ? Pose un problème crucial par rapport à ceux qui s’accrochent au pouvoir. La commémoration de leur passage au pouvoir sera-t-elle célébrée comme une exaltation où le peuple a senti une houle de bonheur, prospérité qui a soufflé sur lui, ou comme un déluge de braises qui l’a asphyxié ? Les seuls souvenirs que les Camerounais semblent retenir d’Ahidjo et de Biya, ce sont, la tyrannie d’une part, le délitement social, économique, d’autre part. Les Camerounais dans leur ensemble vivront-ils la révolution souhaitée de tout leur cœur ?
DES DEFAITES A LA REVOLUTION ?
Nous n’avons pas à célébrer les défaites que nous ont infligées ce régime, malgré le ramdam des médias d’Etat : Plan d’ajustement structurel, braderies des entreprises publiques, admission au PPTE(pays pauvres très endettés) ; c’est que l’histoire désormais s’en chargera pour nous. L’histoire est le souvenir direct qu’on a sur l’action, et, l’action est le moyen pour l’homme de vivre ses rêves, de se projeter, d’espérer. Sans cette émulation qui traduit la prise de conscience, la vie ne saurait exister. C’est de notoriété publique que les Camerounais ne se projettent plus, faute leadership, et de désamour total de la chose publique. Très peu croient à la politique, car le suffrage universel ,est la chose la mieux bafouée au Cameroun. Cela est peut-être valable, mais , cela ne justifie pas aussi qu’on croit que la chose publique, c’est l’affaire des autres. Paul Biya a certes échoué dans sa politique, ce n’est pour cette raison que nous ne laisserons aucun testament philosophique et moral à la postérité. Ce combat est peut- être de longue haleine, il faudrait que nous nous inspirions de Waterloo et Austerlitz, en nous disant, l’histoire nous la ferons. Car, les défaites favorisent toujours les nouveaux départs. Si le mot Révolution raisonne comme un clocher funèbre, il se trouve que face à toutes les figures qui se dessinent, c’est lui qui transformera notre civilisation en harmonie. Parler de révolution ne veut pas dire prendre les armes, mais c’est manifester chacun où il est, son vœu le plus cher, sa force la plus inhérente, son droit inaliénable :la liberté !
C’est fort de cela que Victor Hugo(4), déclarait : " Oui, tous tant que nous sommes, grands et petits, puissants et méconnus, illustres et obscurs, dans toutes nos œuvres, bonnes ou mauvaises, quelles qu’elles soient, poèmes, drames, romans, histoire, philosophie, à la tribune des assemblées comme devant les foules du théâtre, comme dans le recueillement des solitudes, oui, pour tout, oui, toujours, oui, pour combattre les violences et les impostures ". Seule l’espérance peut écrire l’histoire.
Aimé Mathurin Moussy, Paris
Alain Finkielkraut in le portrait du décolonisé
Jean Marc Ela in Regards africains sur la “première guerre du siècle "
Michel Faucheux in Célébrer la Défaite?
Victor Hugo in extraits de Shakespeare 1864 http://www.medium4you.be/Cameroun-des-defaites-a-la.html CITA
Camerun, ¿del fracaso a la revolución?
En el nacimiento de nuestras naciones después de las guerras de independencia, es cierto que la mayoría de estos nuevos Estados de África, soñaban con la revolución, la restauración de los valores tradicionales, el retorno a las fuentes. Agresivamente nacionalistas, formaron al mismo tiempo, la nueva Internacional explotados según Alain Finkielkraut (1). Sin embargo, cuarenta años más tarde, el sindicato de pobreza ha dado vía libre a una practica anticolonialista, la unidad, la homogeneidad: El gobierno de partido único. En el espíritu de los dirigentes de la época, este modo de práctica constituye la traducción política más adecuada al concepto de la identidad cultural que llevo a apartarse del florecimiento del derecho y favorece la normalización de creencias. Un sólo líder, una voz y un solo partido. Esta independencia de cara a la galería, ha puesto de manifiesto una burguesía autóctona prisionera de las potencias europeas.
La identidad o la servidumbre
Aparece en la esfera política, desde entonces prácticas que creíamos olvidadas con el fin de las tensiones entre Este y el Oeste: la lucha de clases. La batalla por la supervivencia se enfrenta a dos conceptos: el libre comercio y la esclavitud por un lado, la religión y el animismo por otro. Las potencias occidentales quieren imponer el mercado libre de cambio, esto significa la asimilación política, religiosa, económica. Frente a este colonialismo sofisticado, los campesinos y los jóvenes que no lo desean, forman un frente antieuropeo donde la xenofobia parece ser el arma ideal para autoafirmarse en esta sociedad donde el dinero lo puede todo. Por lo tanto, el lema de la desobediencia civil lanzado por Gandhi refleja el deseo de los países del Tercer Mundo no dejarse dirigir por otras naciones. Nunca en África el nacionalismo ha estado mas en auge que en estos últimos cinco años. África se ha convertido en tierra abonada de todo tipo de iluminados, para llevar a cabo sus “guerras santas”: l’Armée de Résistances des Saigneurs en Uganda, et La Guerre Sainte d’AL-Hajj Umar en Sudan. Sus adeptos quieren imponer un nuevo orden de cosas, construir una sociedad a su medida. La nueva aspiración de las clases dominadas, sabedoras de su condición de naciones pobres, pero libres de tomar el control. Mientras Occidente no deje de ir a la contra, no hace falta decir que se cavaran trincheras y se impondrá un diálogo de sordos. Fanatismo, guerrilla.
Lucha por el poder
El final del año se anuncia caótico, el gobierno tiembla ante un inminente cambio de gabinete. Paul Biya es condenado al ostracismo por la comunidad internacional, con la desaparición de un refugiado político de Guinea Ecuatorial, que estaba bajo la protección jurídica y administrativa de Camerún. Maurice Kamto ha fracasado como juez de la Corte Internacional de Justicia, un jarro de agua fría para el gobierno. La toma de rehenes franceses, verdadera o falsa; demuestra al mundo que Paul Biya ya no es digno de confianza. El fin de ciclo que se adivina en todas las posiciones posibles, da lugar a una abierta provocación, y las tensiones son evidentes. Porque razón ¿el asistente del Presidente viendo el fin próximo a querido jugar su ultima carta con pólvora del rey? Uno se pregunta ¿que Camerún ganara esta batalla, el de las grandes fortunas del partido en el poder, el de los militares, el de la tribu? ¿Quien celebrara la derrota o la victoria? Sabemos lo que ocurrió en aquellos estados donde las personas se identifican con sus naciones: Cote d'Ivoire de Houphouet Boigny, el Zaire de Mobutu, Le Eyadema de Togo, sus finales trágicos han dejado una inseguridad y una barbarie cuando su época se acabo. El estado de derecho dio paso al estado salvaje. Por lo tanto, en los próximos diez años, quizás menos, ¿que quedara de Biya de Camerún, Bongo de Gabón, Guinea Obiang Nguema de Guinea Ecuatorial? Un genocidio que nunca se ha visto en la historia si no se organiza de antemano un proceso de transición democrática. Bajo el falso pretexto de la no injerencia, ¿los organismos de prevención y del sistema de gestión de conflictos de las Naciones Unidas no pueden evitar estas masacres? Según el profesor Jean Marc Ela (2): "Más allá de los patrones usados, es necesario poner las relaciones entre el mundo occidental y los países del Sur en términos de pueblos antiguos y jóvenes entrando en la historia de forma irreversible en la nueva era de la movilidad. En este sentido, ningún Estado, por poderoso que sea, no puede escapar a la necesidad de buscarse a sí mismo, a fin de exorcizar los monstruos que habitan en el. “Michel Faucheux (3), en su artículo titulado: ¿La celebración de la derrota? plantea un problema importante a aquellos que se aferran al poder. La conmemoración de su estancia en el poder va a ser celebrada como una exaltación donde la gente sentía feliz, donde hubo prosperidad, o como un diluvio de chuzos de punta que todo lo asfixio? Los únicos recuerdos que parecen tener los cameruneses de Ahidjo y Biya, son, la tiranía, por un lado, la desintegración social y económica, por el otro. ¿Los cameruneses en conjunto viven la revolución que desean con todo su corazón?
¿Del fracaso a la revolución?
No vamos a celebrar las derrotas que nos ha impuesto este régimen, a pesar del bombardeo de los medios de comunicación: Plan de ajuste estructural, empresas públicas, la admisión a la iniciativa PPTE (países pobres muy endeudados), la historia se encargará de poner las cosas en su lugar. La historia es la memoria sobre la que tenemos acción directa, y la acción es el medio que tiene el hombre de vivir sus sueños, de construir un futuro, de tener esperanzas. Sin esta superación, que refleja la conciencia, la vida no puede existir. Es de dominio público que los cameruneses no planifican, falta liderazgo, y han dejado a la mano de dios la cosa pública. Muy pocos creen en la política, porque el sufragio universal es pisoteado en Camerún. Esto es cierto, pero no justifica que se crea que lo público es un asunto de los demás. Paul Biya ha fracasado en su política, pero este fracaso no nos va a impedir dejar un testamento filosófico o moral a la posteridad. Esta lucha puede ser larga, debemos buscar inspiración de Waterloo y Austerlitz, nos dirán la historia que haremos; puesto que la derrota es siempre un punto de partida. Si la palabra Revolución resuena toque de difuntos pero solo es una de las caras de la moneda, va a transformar nuestra civilización. Hablar de revolución no significa tomar las armas, cada uno de mostrar dónde está su deseo más preciado, el más querido, su derecho inalienable: la libertad!
Víctor Hugo (4) ha escrito: "Sí, todos como somos, grandes o pequeños, poderosos o desconocidos, ilustres o necios, en todas nuestras obras buenas o malas, sean cuales sean; poemas, dramas, novelas, historia, filosofía, en la galería que antes la multitud se reunió para el teatro, para el recuerdo de la soledad, sí, para todo, sí, siempre, para combatir la violencia y la impostura”. Sólo la esperanza puede escribir la historia.
Aimé Mathurin Moussy, Paris
1-Alain Finkielkraut en el retrato de la descolonización
2-Jean Marc Ela en África opiniones sobre la "primera guerra del siglo"
3-Michel Faucheux ¿La celebración de las derrotas?
4-Victor Hugo en 1864 extractos de Shakespeare