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Portugal se opone a la entrada de Guinea Ecuatorial en la CPLP diariovasco.com Jueves, 12 julio 2012 Noticias EFE Lisboa, 11 jul (EFE).- Portugal expresó hoy su oposición a que Guinea Ecuatorial ingrese en la comunidad de países lusófonos por la falta de progresos adecuados sobre derechos humanos en la antigua colonia española. El ministro de Exteriores luso, Paulo Portas, aseguró que comparten esta postura otros miembros de la Comunidad de Países de Lengua Portuguesa (CPLP), que estudiará la incorporación de Guinea Ecuatorial como miembro de pleno derecho de la organización en su cumbre del próximo día 20 en Mozambique. Al término de la reunión de ministros de la CPLP, celebrada hoy en su sede de Lisboa, el organismo emitió un comunicado en el que anunció que hará una recomendación sobre Guinea Ecuatorial a la reunión de jefes de Estado y de Gobierno, aunque sin precisar el contenido...... http://www.diariovasco.com/agencias/201207...1207111715.html |
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Un juez emite una orden de detención contra Teodorín Obiang en Francia La justicia francesa investiga desde hace año y medio al hijo del presidente de Guinea Ecuatorial, por un caso de corrupción Miguel Mora París 13 JUL 2012 12:07 CET Los jueces encargados del proceso abierto en París contra varios dictadores africanos por adquisición de bienes con dinero procedente de la corrupción han emitido este viernes una orden de arresto contra Teodorín Obiang, de 43 años, vicepresidente e hijo del presidente de Guinea Ecuatorial. Teodorín había sido convocado el miércoles a un interrogatorio judicial por las autoridades financieras francesas, pero no se presentó. Los jueces sospechan que el joven Obiang, conocido como TNO por sus iniciales, ha cometido cuatro delitos: desvíos de fondos públicos, blanqueo, abuso de bienes sociales y abuso de confianza. Los jueces han rechazado además devolver los 14 coches de lujo que requisaron en la mansión parisiense de Teodorín en octubre de 2011, valorados en más de 5 millones de euros...... http://internacional.elpais.com/internacio...613_882615.html http://internacional.elpais.com/internacio...751_310526.html http://elpais.com/diario/2008/06/15/doming...953_850215.html |
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5 de septiembre de 2010 Noam Chomsky y las 10 Estrategias de Manipulación Mediática El lingüista Noam Chomsky elaboró la lista de las “10 Estrategias de Manipulación” a través de los medios 1. La estrategia de la distracción El elemento primordial del control social es la estrategia de la distracción que consiste en desviar la atención del público de los problemas importantes y de los cambios decididos por las elites políticas y económicas, mediante la técnica del diluvio o inundación de continuas distracciones y de informaciones insignificantes. La estrategia de la distracción es igualmente indispensable para impedir al público interesarse por los conocimientos esenciales, en el área de la ciencia, la economía, la psicología, la neurobiología y la cibernética. “Mantener la Atención del público distraída, lejos de los verdaderos problemas sociales, cautivada por temas sin importancia real. Mantener al público ocupado, ocupado, ocupado, sin ningún tiempo para pensar; de vuelta a granja como los otros animales (cita del texto 'Armas silenciosas para guerras tranquilas)”. 2. Crear problemas y después ofrecer soluciones Este método también es llamado “problema-reacción-solución”. Se crea un problema, una “situación” prevista para causar cierta reacción en el público, a fin de que éste sea el mandante de las medidas que se desea hacer aceptar. Por ejemplo: dejar que se desenvuelva o se intensifique la violencia urbana, u organizar atentados sangrientos, a fin de que el público sea el demandante de leyes de seguridad y políticas en perjuicio de la libertad. O también: crear una crisis económica para hacer aceptar como un mal necesario el retroceso de los derechos sociales y el desmantelamiento de los servicios públicos. 3. La estrategia de la gradualidad Para hacer que se acepte una medida inaceptable, basta aplicarla gradualmente, a cuentagotas, por años consecutivos. Es de esa manera que condiciones socioeconómicas radicalmente nuevas (neoliberalismo) fueron impuestas durante las décadas de 1980 y 1990: Estado mínimo, privatizaciones, precariedad, flexibilidad, desempleo en masa, salarios que ya no aseguran ingresos decentes, tantos cambios que hubieran provocado una revolución si hubiesen sido aplicadas de una sola vez. 4. La estrategia de diferir Otra manera de hacer aceptar una decisión impopular es la de presentarla como “dolorosa y necesaria”, obteniendo la aceptación pública, en el momento, para una aplicación futura. Es más fácil aceptar un sacrificio futuro que un sacrificio inmediato. Primero, porque el esfuerzo no es empleado inmediatamente. Luego, porque el público, la masa, tiene siempre la tendencia a esperar ingenuamente que “todo irá mejorar mañana” y que el sacrificio exigido podrá ser evitado. Esto da más tiempo al público para acostumbrarse a la idea del cambio y de aceptarla con resignación cuando llegue el momento. 5. Dirigirse al público como criaturas de poca edad La mayoría de la publicidad dirigida al gran público utiliza discurso, argumentos, personajes y entonación particularmente infantiles, muchas veces próximos a la debilidad, como si el espectador fuese una criatura de poca edad o un deficiente mental. Cuanto más se intente buscar engañar al espectador, más se tiende a adoptar un tono infantilizante. Por qué? “Si uno se dirige a una persona como si ella tuviese la edad de 12 años o menos, entonces, en razón de la sugestionabilidad, ella tenderá, con cierta probabilidad, a una respuesta o reacción también desprovista de un sentido crítico como la de una persona de 12 años o menos de edad (ver “Armas silenciosas para guerras tranquilas”)”. 6. Utilizar el aspecto emocional mucho más que la reflexión Hacer uso del aspecto emocional es una técnica clásica para causar un corto circuito en el análisis racional, y finalmente al sentido critico de los individuos. Por otra parte, la utilización del registro emocional permite abrir la puerta de acceso al inconsciente para implantar o injertar ideas, deseos, miedos y temores, compulsiones, o inducir comportamientos… 7. Mantener al público en la ignorancia y la mediocridad Hacer que el público sea incapaz de comprender las tecnologías y los métodos utilizados para su control y su esclavitud. “La calidad de la educación dada a las clases sociales inferiores debe ser la más pobre y mediocre posible, de forma que la distancia de la ignorancia que planea entre las clases inferiores y las clases sociales superiores sea y permanezca imposibles de alcanzar para las clases inferiores (ver ‘Armas silenciosas para guerras tranquilas)”. 8. Estimular al público a ser complaciente con la mediocridad Promover al público a creer que es moda el hecho de ser estúpido, vulgar e inculto… 9. Reforzar la autoculpabilidad Hacer creer al individuo que es solamente él el culpable por su propia desgracia, por causa de la insuficiencia de su inteligencia, de sus capacidades, o de sus esfuerzos. Así, en lugar de rebelarse contra el sistema económico, el individuo se autodesvalida y se culpa, lo que genera un estado depresivo, uno de cuyos efectos es la inhibición de su acción. Y, sin acción, no hay revolución! 10. Conocer a los individuos mejor de lo que ellos mismos se conocen En el transcurso de los últimos 50 años, los avances acelerados de la ciencia han generado una creciente brecha entre los conocimientos del público y aquellos poseídas y utilizados por las elites dominantes. Gracias a la biología, la neurobiología y la psicología aplicada, el “sistema” ha disfrutado de un conocimiento avanzado del ser humano, tanto de forma física como psicológicamente. El sistema ha conseguido conocer mejor al individuo común de lo que él se conoce a sí mismo. Esto significa que, en la mayoría de los casos, el sistema ejerce un control mayor y un gran poder sobre los individuos, mayor que el de los individuos sobre sí mismos. Todas estas estrategias, elementales y obvias, ni las ha inventado Guinea Ecuatorial, ni es ella precisamente quien las utiliza a menudo. Son nuestras, de todos los dias, de todas las horas y de todos los medios. Don Ignacio lo sabía muy bien, entre otros sátrapas de tres al cuarto. A mi la que más me mola es la 10. España debe salvarse a sí misma Tras dos décadas de fondos europeos, España no ha construido un modelo productivo. El problema es la falta de dinamismo de nuestra economía y no la ausencia de estímulo, que apenas generaría crecimiento Ángel Pascual-Ramsay 16 JUL 2012 00:07 CET ......España no tiene mimbres para competir en este entorno tan competitivo. O se reforma o languidecerá. El país necesita un verdadero shock de modernidad; no sólo recortes sociales o cambios en los márgenes, sino auténticas reformas que dinamicen el país y desmantelen intereses creados. Hay que desmontar el mito de que las reformas son necesariamente sinónimo de sacrificio. Las verdaderas reformas estructurales rompen privilegios y benefician a la mayoría. La fiscalidad progresiva y la creación del estado del bienestar son buenos ejemplos. El equivalente en la España de hoy deben ser reformas que democraticen la innovación; que den acceso a los instrumentos que permiten innovar a una base mucho mayor de ciudadanos y empresas, y liberen así todo el potencial creativo del país...... .....Ante todo y sobre todo, debemos sustituir la cada vez más preocupante culpabilización de Europa por empatía y diálogo; entender las razones de nuestros socios, que las tienen, y explicar las nuestras, que también las tenemos; y superar la dinámica acusatoria y nacionalista que tan desastrosa ha sido para Europa en el pasado y que tan peligrosamente parecemos estar repitiendo. http://elpais.com/elpais/2012/07/11/opinio...086_633066.html ¿Sólo nos queda esperar a ver cómo nos pasan a cuchillo? ¿Tenemos que recordar que muchos de los supuestos desmanes que han ocurrido han ocurrido con dinero alemán? ¿Es posible que seamos tan bisoños que, una vez más, vamos a aceptar lo que venga de fuera como bueno simplemente porque viene de fuera? Me resisto a creerlo; pero si seguimos así, entonces sí que nos mereceremos sufrir el destino que otros están trazando por nosotros mismos. http://blogs.elpais.com/the-screwdriver/20...-diabolica.html |
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#5089
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Coincido al 100% con el análisis de lo diabólico de esta narrativa. Uno de sus efectos más perversos es tapar la culpabilidad de los verdaderos responsables de la crisis. La otra es servir de excusa para la imposición de unas reformas que, aparte de no servir más que para agudizar la recesión, no son más que las políticas que los conservadores siempre quisieron aplicar pero nunca se atrevieron ante el previsible rechazo social.
PD. No imaginaba que los conspiranoicos del 11M llegaran hasta este tipo de blogs. En fin. Pensar que el ritmo de construcción en España en 2006 fue consecuencia de dos años de gestión socialista también tiene lo suyo... El error de ZP fue no pinchar la burbuja (¿algún político se hubiera atrevido a hacerlo?), prefiriendo dejar que se deshinchara poco a poco. El cambio en la Ley del Suelo, el fomento del alquiler y el intento de cambiar el modelo productivo eran medidas en la buena dirección, pero insuficientes. El mal ya estaba hecho. La década prodigiosa del ladrillo fue 1997-2007: calculen quién hinchó la burbuja. Y miren quién está volviendo a ver en el ladrillo la tabla de salvación de nuestra economía. Publicado por: Un ciudadano | 16/07/2012 19:36:35 Ni escrito por el mismisimo Enki http://blogs.elpais.com/the-screwdriver/20...-diabolica.html |
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Hemos vivido un sueño Hoy, en el vertiginoso salto atrás a la pobreza, paro y ladronería bancaria, cuando los españoles vuelven a emigrar, dependemos enteramente de la Dama de Acero alemana Juan Goytisolo 22 JUL 2012 00:05 CET Hace poco más de un decenio, el llamado milagro español nos exaltaba y provocaba la admiración del mundo entero. Nuestro presidente del Gobierno, el héroe de la reconquista del islote de Perejil y miembro del famoso trío de las Azores que emprendió la noble y fructuosa (¡cifras cantan!) cruzada de liberación de Irak y la neutralización de sus armas mortíferas, aseguraba a quien quisiera oírle que España se había zafado de la funesta influencia francesa y había recuperado la grandeza perdida desde la época del emperador Carlos V. Los hechos o, por mejor decir, la información de los hechos, le daban la razón. España era la octava potencia mundial en términos económicos, los mercados alentaban nuestro imparable crecimiento y la marca España no era solo, como hoy, la de Nadal, el Real y el Barça, sino la de todo un país que caminaba con paso firme y resuelto por la recta vía del progreso y de la prosperidad....... Un reciente artículo de Francesc de Carreras (La razón moral del indignado, La Vanguardia, 29-5-2012) me puso sobre la pista del libro de Mariano Guindal, El declive de los dioses, cuya lectura aconsejo vivamente, en la que su autor entrevista a quien pronto sería ministro de Industria de Zapatero en vísperas de las elecciones de 2004, y en la que Miguel Sebastián declara: “Menos mal que no vamos a ganar porque la que viene sobre España es gorda […]Tenemos una burbuja inmobiliaria y es inevitable que estalle y cuando esto ocurra se lo va a llevar todo por delante incluyendo los bancos”. Si, como admite el entrevistado, Zapatero y su equipo no estaban preparados para empuñar el timón en la tempestad que se avecinaba, cabía esperar al menos que dieran a conocer la “tremenda” situación que heredaban........ http://elpais.com/elpais/2012/07/19/opinio...838_352755.html http://politica.elpais.com/politica/2012/0...627_869219.html http://www.lavanguardia.com/opinion/articu...-indignado.html |
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1.Jose 2007-10-02 10:38 No puedo leer el artículo, porque el enlace no acaba de funcionar. Pero. Me temo que es totalmente acertado. En diciembre de 2005, un mediocre profesor de la upm, con contactos en medios de comunicación y con el autismo de su rector magnífico, lanzó al aire un auténtico circo de manipulación de masas. Este señor, se hartó de decir que iba a ser el primer ser humano en pisar el interior de la Caldera de Luba, en Guinea Ecuatorial. Todo esto, acompañado de descripciones fantásticas acerca de su expedición, al estilo de las grandes aventuras del siglo XIX Se publicó en infinidad de periódicos, incluida la contraportada de El Pais y El Mundo, se escuchó en programas de radio hasta la saciedad, y ningún periodista tuvo el más mínimo interés en cotejar las fuentes y la veracidad de lo expuesto. Alguno, si lo hizo, pero no tenía “el poder” de enmendarlo. Se escribieron instancias al rector de la upm y a los medios de comunicación. Todo fue inútil, o casi. La upm, no fue capaz de rectificar, ni por asomo. Es el caso, que infinidad de gentes, antiguos residentes en Guinea, aportamos pruebas irrefutables de que las afirmaciones de semejante embaucador, eran absolutamente falsas y que a la Gran Caldera de Luba, se habían organizado en los años sesenta, al menos cinco expediciones documentadas, por no mencionar las más recientes desde 1999 hasta 2005, de una universidad americana. Es triste, que un individuo mediocre, sea capaz de crear el suficiente cupo de intereses entre unos cuantos y arrastre nada menos que a una universidad española de categoría, a un circo mediático, involucrando a los ciudadanos españoles en un fiasco monumental. Si eso, puede hacerlo un mediocre desconocido, temblores me dan de pensar como se puede manipular desde los más “altos niveles”. |
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#5092
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Cosas que me ocurren: Lecturas que deben despertar conciencias y abrir los ojos Por: Agustín Nze Nfumu, Presidente del C. de A. de “La Gaceta de Guinea”. Académico c. Real Academia de la Lengua Española. Premio de Literatura “Don Quijote” 2009. ............Parece ser que la campaña contra Guinea Ecuatorial comenzó tras varias reuniones entre Antonio Garrigues, (un abogado español de renombre, con aspiraciones políticas y jefe de uno de los mayores bufetes de abogados de España) y el magnate estadounidense George Soros. Es interesante destacar que George Soros nunca se ha defendido de las alegaciones de que su fortuna proviene de situaciones de inestabilidad política, de hecho se enorgullece de ello y considera que una situación política inestable es decisiva para hacer dinero mediante la especulación financiera. Antonio Garrigues, por otra parte, tiene fama de estar involucrado en varios movimientos anti ecuatoguineanos. Se cita frecuentemente a su sobrino como quien presentó al mercenario británico Simon Mann al líder de la oposición Severo Moto y al empresario libanés Ely Calil, los presuntos organizadores del fallido golpe militar en Guinea Ecuatorial en 2004, hoy día de triste fama. Garrigues negoció personalmente en España sobre el apoyo político, legal y mediático al golpe............. Mientras tanto, otro grupo que mantenía una relación parecida con George Soros en Francia había tenido cierto éxito en su persecución legal contra uno de los hijos del Presidente Obiang, Teodorín Obiang, y han aparecido noticias, de vez en cuando, sobre la confiscación de las propiedades inmuebles de Teodorín en California. De fondo a estos éxitos, la aventura española en África y sus cerebros resultaban, a todas luces, ridículos. Sin embargo, Antonio Garrigues y Manuel Ollé no podían admitir simplemente que toda su empresa había sido una chapuza, necesitaban justificar el dinero que habían gastado en sus esfuerzos. Y, aunque admitían carecer de influencia política alguna para sostener sus reclamaciones absurdas en un juicio, les daba igual porque, de todos modos, nadie lee la prensa. Pero la gente, incluidos aquellos que invirtieron en el proyecto, sí que lee la prensa. Dos de los mayores periódicos españoles, El País y El Mundo, que tradicionalmente se llevan la contraria en todos los temas, siguieron publicando la misma "información", recordando al público mediante expresiones como "el círculo se va estrechando... los fiscales están investigando...", el mismo material que llevaban publicando durante los últimos tres años cada tres o cuatro meses, como prueba de que Manuel Ollé había hecho un buen trabajo. ¿Sobre qué "círculo" exactamente escriben? ¿Qué han estado investigando durante 5 años y por qué los jueces españoles no tienen ni idea de esta investigación tan gráficamente descrita en las páginas de estos periódicos? Curiosamente, a los periodistas extranjeros que intentaron seguir la "investigación" llevada a cabo por los periodistas españoles les ha resultado imposible, no sólo seguir las pistas del "caso Kalunga", sino cualquier otra prueba de que los periodistas Antonio Rubio (El Mundo) y José María Irujo (El País) hayan jamás seguido o investigado ellos mismos el caso. "Es raro, parece como si ninguno de ellos haya estado siquiera en Las Palmas", me dijo un periodista local, "o, si estuvieron aquí, probablemente se quedaron en una de las playas del sur". A propósito, este mismo periodista me dijo que él escribió un artículo sobre el caso para su periódico, pero el director lo paró antes de ir a imprenta. "Me dijo que si publicaba cualquier cosa sobre este asunto desde un ángulo distinto a la línea oficial presentada en El País y El Mundo en un periódico extranjero o en una página web, me despedirían"......... http://www.lagacetadeguinea.com/175/02.htm EE UU interroga en Madrid a testigos contra el hijo de Obiang La comisión judicial imputa al primogénito del dictador por apropiarse de millones de dólares José María Irujo Madrid 28 JUL 2012 20:51 CET Libelo contra EL PAÍS El Gobierno de Guinea Ecuatorial ha difundido a través de su Oficina de Información y Prensa un artículo anónimo publicado el pasado 5 de abril en la edición electrónica del Pradva.ru, en el que se recogen falsas acusaciones contra el redactor de EL PAÍS José María Irujo por las informaciones que este medio viene publicando sobre la investigación judicial que se sigue en España al patrimonio de Teodoro Obiang y varios de sus familiares y ministros. El libelo de Pradva.ru, escrito en inglés y titulado ¿Una especulación financiera tras una campaña de desprestigio?, asegura que las informaciones de este periódico y de El Mundo sobre la investigación que un juzgado de Las Palmas lleva a cabo sobre el matrimonio ruso formado por Vladimir Kokorev y Julia Kokoreva, que recibieron en España 25 millones de dólares de cuentas de Obiang en el banco Riggs, obedecen a una confabulación del financiero George Soros, los abogados Antonio Garrigues Walker y Manuel Ollé, medios españoles y servicios secretos. El ministro de Información de Guinea Ecuatorial, Agustín Nze Nfumu, ha publicado un artículo en la revista La Gaceta en el que reproduce, traducido al español, el artículo anónimo de Pradva.ru. http://politica.elpais.com/politica/2012/0...103_480429.html |
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#5093
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El Presidente de la República preside el primer Consejo de Ministros del año 2012 El primer Consejo de Ministros de la República de Guinea Ecuatorial se celebró el pasado viernes en Bata, bajo la presidencia del Jefe de Estado ecuatoguineano, S. E. Obiang Nguema Mbasogo. 20/02/2012 Segundo Consejo de Ministros El Jefe del Estado presidió la segunda junta de ministros que se celebra desde la composición del nuevo Gobierno. 30/07/2012 http://www.guineaecuatorialpress.com/noticia.php?id=2873 |
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#5094
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The New York Times rectifica pero aquí no solo se publica la noticia en dos periódicos sino que además la incluyen las Notas de Prensa de la UPM. No solo esto sino que los proyectos han sido aprobados por el Ministerio de educación y ciencia (CGL2005-23762-E y CGL2006-27110-E) y no hacen una expedición sino dos. http://www.elpais.com/articulo/ultima/Expe...elpepiult_2/Tes http://www.elpais.com/articulo/ultima/Nuev...elpepiult_1/Tes http://www.elmundo.es/elmundo/2005/11/10/c...1131640232.html http://www.elmundo.es/elmundo/2007/05/30/c...1180511079.html http://www.upm.es/canalUPM/notasprensa/Doc2005111102.html http://www.upm.es/canalUPM/notasprensa/Doc2005051202.html Mira que es raro todo esto, no aparecerá aquí un ojo crítico. Periodismo de ficción Un reportero de ‘The New Yorker’ dimite tras descubrirse que se inventó citas de Bob Dylan Internet facilita el plagio, pero lo hace más fácil de descubrir David Alandete Washington 31 JUL 2012 22:18 CET En uno de los medios más prestigiosos y con uno de los sistemas más rigurosos de detección de errores, el joven periodista Jonah Lehrer ocupó parte del Olimpo periodístico norteamericano, para caer desplomado por plagiarse a sí mismo en Internet y por inventarse partes de citas atribuidas al cantante Bob Dylan...... Otras ‘creaciones’ En 1980, a los 26 años, Janet Cooke publica La historia de Jimmy, sobre un niño de ocho años adicto a la heroína. Gana un Pulitzer antes de admitir que el reportaje era una invención. En 1998, la revista The New Republic admite que 27 de los 41 reportajes que ha escrito para ella el periodista Stephen Glass contienen mentiras o invenciones. En una de ellas se inventó a un hacker y una empresa a la que había atacado. En 2003, Jayson Blair, una joven estrella de 27 años de The New York Times, admite que se ha inventado fuentes y citas en decenas de noticias. Llegó a firmar crónicas desde ciudades que nunca había visitado. El rotativo se vio obligado a publicar en su primera plana una nota en la que informaba de que Blair, que había escrito de asuntos tan diversos como el francotirador de Washington o las consecuencias de la Segunda Guerra del Golfo, era un fraude. En 2004, el diario USA Today admitió que su reportero Jack Kelley, de 43 años, nominado a un Pulitzer en 2002, se había inventado la información de al menos ocho crónicas, especialmente una sobre el caso de una mujer que supuestamente había muerto huyendo de Cuba en una lancha. En mayo, Arnaud de Borchgrave, un veterano de The Washington Times, dejó de publicar sus columnas después de que se encontraran similitudes exactas entre ellas y notas de agencias y noticias de algunas páginas web. Este mes de julio, Jonah Lehrer, de 31 años, ha dejado su puesto en The New Yorker después de admitir que había reutilizado material suyo de otros medios y de haberse inventado citas de Bob Dylan. http://sociedad.elpais.com/sociedad/2012/0...005_501321.html http://www.tabletmag.com/jewish-news-and-p...rers-deceptions http://www.newyorker.com/online/blogs/frontal-cortex http://www.washingtonpost.com/blogs/blogpost Lo de la Caldera de Luba no lo ven........no lo ven |
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#5095
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Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre secretos oficiales. Jefatura del Estado Rango: Ley Publicado en: BOE número 84 de 6/4/1968, páginas 5197 a 5199 (3 págs.) Referencia: BOE-A-1968-444 TEXTO Es principio general, aun cuando no esté expresamente declarado en nuestras Leyes Fundamentales, la publicidad de la actividad de los Órganos del Estado, porque las cosas públicas que a todos interesan pueden y deben ser conocidas de todos. Este principio de publicidad en mayor o menor extensión, se halla regulado en lo que concierne a los debates e interpelaciones en las Cortes Españolas y al despacho de los asuntos judiciales, pero, en cambio, sólo de una manera fraccionada tiene su regulación, en lo que atañe a la Administración del Estado, en dispersas disposiciones, entre las que, por su reciente promulgación, pueden citarse la Ley de Prensa (artículo séptimo) y Decreto setecientos cincuenta/mil novecientos sesenta y seis, de treinta y uno de marzo, en las que sólo se contempla la publicidad en el aspecto parcial de la información debida a las publicaciones periódicas y agencias de información. Una regulación suficiente existe en la esfera de la Administración Local. Mas si la publicidad ha de ser característica de la actuación de los Órganos del Estado, es innegable la necesidad de imponer limitaciones, cuando precisamente de esa publicidad puede derivarse perjuicio para la causa pública, la seguridad del mismo Estado o los intereses de la colectividad nacional. Destacan por su especial importancia aquellas cuestiones cuyo conocimiento por personas no autorizadas pueda dañar o ponga en riesgo la seguridad del Estado o los intereses fundamentales de la Nación y que constituyen los verdaderos «secretos oficiales», protegidos por sanciones penales que, tanto en el Código Penal Común como en el de Justicia Militar, alcanzan penas de la máxima severidad. Pero esta sanción penal, especialmente represiva, sólo de una manera indirecta, por medio de la intimidación, protege el descubrimiento o revelación de secretos. Las medidas de protección eficaces son las que la propia Administración ha de establecer para garantizar que los documentos o materiales en que físicamente se reflejan los secretos, no puedan ser conocidos más que por aquellas personas que, por razón de su cometido, estén autorizadas para ello. En este aspecto existe una laguna en nuestra legislación, que, al contrario de lo que ocurre en los Estados caracterizados por la mayor libertad de información, no prevé una regulación de las medidas protectoras de los secretos oficiales Para remediar esta situación, la Ley establece un conjunto de medidas positivas para evitar que trascienda el conocimiento de lo que debe permanecer secreto, señalando normas severas que impidan la generalización de calificaciones que tienen carácter excepcional. Con la denominación de «materias clasificadas» también utilizada en otros países, se comprenden los dos grados de secretos oficiales generalmente admitidos. La determinación de las Autoridades y funcionarios que pueden otorgar y levantar las calificaciones, los efectos de cada una de éstas y las líneas generales de las medidas protectoras que habrán de desarrollarse reglamentariamente y con carácter uniforme por todos los servicios afectados, constituyen el contenido fundamental de la Ley, que se completa con un sistema de protección, así como la referencia de las responsabilidades que procedan por infracciones en materia de secretos oficiales. Asimismo, desde el punto de vista de la seguridad jurídica y de la garantía de los ciudadanos, es importante resaltar que la Ley establece la necesidad de notificar a los medios de información la declaración de «materia clasificada» cuando se prevea que ésta puede llegar a conocimiento de ellos, así como la circunstancia de que conste el hecho de la clasificación para que recaiga sobre los particulares la obligación de colaboración que impone el artículo nueve, uno. Y, en fin, se consagra la expresa admisión de recurso contencioso-administrativo contra las resoluciones sancionadoras que pongan fin a la vía administrativa, sin olvidar por lo demás el importante juego del control político que en esta materia se reconoce a las Cortes Españolas y al Consejo Nacional del Movimiento. En su virtud, y de conformidad con la Ley aprobada por las Cortes Españolas, vengo en sancionar: Artículo primero. Uno. Los Órganos del Estado estarán sometidos en su actividad al principio de publicidad, de acuerdo con las normas que rijan su actuación, salvo los casos en que por la naturaleza de la materia sea ésta declarada expresamente «clasificada», cuyo secreto o limitado conocimiento queda amparado por la presente Ley. Dos. Tendrán carácter secreto, sin necesidad de previa clasificación, las materias así declaradas por Ley. Artículo segundo. A los efectos de esta Ley podrán ser declarados «materias clasificadas» los asuntos, actos, documentos, informaciones, datos y objetos, cuyo conocimiento por personas no autorizadas pueda dañar o poner en riego la seguridad del Estado o comprometa los intereses fundamentales de la Nación en materia referente a la defensa nacional, la paz exterior o el orden constitucional. Artículo tercero. Las «materias clasificadas» serán calificadas en las categorías de secreto y reservado en atención al grado de protección que requieran. Artículo cuarto. Uno. La calificación a que se refiere el artículo anterior corresponderá exclusivamente en la esfera de su competencia a las Autoridades que a continuación se enumeran: Consejo de Ministros y sus miembros. Jefes de Misiones Diplomáticas de España en el extranjero. Jefe del Alto Estado Mayor. Dos. Cuando por razones de urgencia sea necesario, siempre con carácter provisional y hasta tanto sea objeto de clasificación definitiva por la que resulte competente entre las Autoridades mencionadas en el párrafo anterior, podrán ejercitar las facultades de clasificación con la obligación de comunicarlo inmediatamente a aquélla, las Autoridades que a continuación se enumeran: Directores generales de Seguridad y de la Guardia Civil. Jefes de Estado Mayor de cada uno de los tres Ejércitos. Jefe de la Defensa Aérea. Capitanes Generales de las Regiones Militares, Departamentos Marítimos y Regiones Aéreas. Gobernadores civiles. Si en el plazo de setenta y dos horas esta clasificación no fuera ratificada por alguna de las Autoridades facultadas por el párrafo primero de este artículo, la materia se entenderá automáticamente no clasificada. Artículo quinto. La facultad de calificación a que se refiere el artículo anterior se entiende referida tanto a los titulares de los cargos mencionados como a quienes temporalmente les sustituyan, pero no podrá ser transferida ni delegada. Artículo sexto. El personal de la Administración del Estado o de las Fuerzas Armadas que tenga conocimiento de cualquier asunto que, a su juicio, reúna las condiciones del artículo segundo, deberá hacerlo llegar a conocimiento de alguna de las Autoridades comprendidas en el artículo cuarto en la forma que reglamentariamente se determine. Artículo séptimo. La cancelación de cualquiera de las calificaciones previstas en el artículo tercero de esta Ley será dispuesta por la Autoridad que hizo la respectiva declaración. Artículo octavo. Las calificaciones de secreto o reservado, hechas con arreglo a los términos de la presente Ley y de las disposiciones que reglamentariamente se dicten para su aplicación, determinarán, entre otros, los siguientes efectos: A) Solamente podrán tener conocimiento de las «materias clasificadas» las personas debidamente facultadas para ello y con las formalidades y limitaciones que en cada caso se determinen. B.) La prohibición de acceso y las limitaciones de circulación a personas no autorizadas en locales, lugares o zonas en que radiquen las «materias clasificadas». C) El personal que sirva en la Administración del Estado y en las Fuerzas Armadas estará obligado a cumplir cuantas medidas se hallen previstas para proteger las «materias clasificadas». Artículo noveno. Uno. La persona a cuyo conocimiento o poder llegue cualquier «materia clasificada», conforme a esta Ley, siempre que le conste esta condición, está obligada a mantener el secreto y entregarla a la Autoridad civil o militar más cercana y, si ello no fuese posible, a poner en conocimiento de ésta su descubrimiento o hallazgo. Esta Autoridad lo comunicará sin dilación al Departamento ministerial que estime interesado o a la Presidencia del Gobierno, adoptando entretanto las medidas de protección que su buen juicio le aconseje. Dos. Cuando una «materia clasificada» permita prever que pueda llegar a conocimiento de los medios de información, se notificará a éstos la calificación de secreto o reservado. Artículo diez. Uno. Las calificaciones a que se refiere el artículo cuarto, en cualquiera de sus grados, se conferirán mediante un acto formal y con los requisitos y materializaciones que reglamentariamente se determinen. Dos. No corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con las calificaciones a que se refiere esta Ley. Tres. Las calificaciones formuladas al amparo de la presente Ley no impiden el ejercicio de los medios normales de fiscalización que las Leyes reconozcan a las Cortes y al Consejo Nacional del Movimiento. Cuatro. Las «materias clasificadas» llevarán consigo una anotación en la que conste esta circunstancia y la calificación que les corresponda conforme al artículo tercero. Cinco. Las copias o duplicados de una «materia clasificada» tendrán el mismo tratamiento y garantía que el original y sólo se obtendrán previa autorización especial y bajo numeración. Artículo once. Uno. Las personas facultadas para tener acceso a una «materia clasificada» quedarán obligadas a cumplir con las medidas y prevenciones de protección que reglamentariamente se determinen, así como las particulares que para cada caso concreto puedan establecerse. Dos. Corresponde a las Autoridades señaladas en el párrafo uno del artículo cuarto conceder en sus respectivas dependencias las autorizaciones para acceso a las «materias clasificadas», así como para su desplazamiento fuera de las mismas. Tres. A toda persona que tenga acceso a una «materia clasificada» se le hará saber la índole de la misma con las prevenciones oportunas. Artículo doce. Las Autoridades referidas en el artículo cuarto, párrafo uno, atenderán al mantenimiento y mejora de los sistemas de protección y velarán por el efectivo cumplimiento de cuanto se dispone en la presente Ley y en especial por la correcta aplicación de las calificaciones de secreto o reservado y por que se promuevan las acciones penales, las medidas disciplinarias y los expedientes administrativos para corregir las infracciones a esta Ley. Artículo trece. Las actividades reservadas por declaración de Ley y las «materias clasificadas» no podrán ser comunicadas, difundidas, ni publicadas, ni utilizado su contenido, fuera de los límites establecidos por esta Ley. El incumplimiento de esta limitación será sancionado conforme a las leyes penales, si procediere; por vía disciplinaria, en su caso, y mediante aplicación de las sanciones administrativas que corresponda. En los dos últimos casos la infracción será considerada como falta muy grave. Contra las resoluciones sancionadoras que pongan fin a la vía administrativa podrá recurrirse ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Artículo catorce. La calificación de secreto o reservado no impedirá el exacto cumplimiento de los trámites de audiencia, alegaciones, notificaciones directas a los interesados, sin perjuicio de la eventual aplicación de las sanciones previstas en esta Ley en caso de violación del secreto por parte de los interesados. DISPOSICIÓN FINAL En Reglamento único, de aplicación general a toda la Administración del Estado y a las Fuerzas Armadas, se regularán los procedimientos y medidas necesarios para la aplicación de la presente Ley y protección de las «materias clasificadas». Se determinará igualmente con todo el detalle necesario y con especificación de las medidas técnicas precisas el régimen de custodia, traslado, registro, archivo, examen y destrucción de las materias clasificadas, así como la elaboración de copias o duplicados de tales materias. También se dispondrá lo necesario para que el personal de la Administración Civil del Estado y de las Fuerzas Armadas se halle debidamente instruido en cuestiones de seguridad y protección de secretos. Dada en el Palacio de El Pardo a cinco de abril de mil novecientos sesenta y ocho. FRANCISCO FRANCO El Presidente de las Cortes, ANTONIO ITURMENDI BAÑALES http://www.boe.es/boe/dias/1968/04/06/pdfs/A05197-05199.pdf http://www.boe.es/boe/dias/1966/04/04/pdfs/A03964-03965.pdf http://www.boe.es/boe/dias/1966/03/19/pdfs/A03310-03315.pdf http://www.boe.es/boe/dias/1969/02/24/pdfs/A02839-02842.pdf http://www.boe.es/boe/dias/1958/07/18/pdfs/B01275-01287.pdf El PSOE pedirá la reforma de la Ley de Secretos Los socialistas consideran que la norma se tiene que adaptar a la Constitución Miguel González Madrid 5 AGO 2012 22:50 CET El Grupo Socialista en el Congreso prepara una iniciativa para promover la reforma de la Ley de Secretos Oficiales —que data de 1968, en pleno franquismo, y fue retocada en 1978, antes de la entrada en vigor de la Constitución—, según su portavoz en la comisión parlamentaria de Defensa, Diego López Garrido. El PSOE considera que ya no valen retoques y que hay que ir a una Ley de Secretos Oficiales plenamente adecuada a la Constitución, que respete el contenido esencial de los derechos fundamentales. La reforma es más necesaria porque la Ley de Transparencia elaborada por el Gobierno deja al margen la información relacionada con la política exterior y de defensa...... En la actualidad, los documentos clasificados permanecen secretos para siempre, ya que nadie se preocupa de desclasificarlos; hasta el punto de que el Ministerio de Defensa tiene pendientes de desclasificar más de 10.000 informes anteriores a 1968 que tratan de las guerras de Marruecos o la Guerra Civil. http://politica.elpais.com/politica/2012/0...802_292176.html |
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A proposito de la Materia Reservada La ley 9, de 5 de abril de 1968, (durante la dictadura de Franco) que se cita en la carta dirigida a Mariano Rajoy no alude para nada a Guinea Ecuatorial. Era la norma general sobre "secretos oficiales" de aquel momento y su texto completo puede leerse pinchando aquí. Naturalmente esta legislación, relativa a un tema tan sensible como es la información, dejó de estar vigente desde los primeros tiempos de la recuperación democrática española y, desde luego, desde la entrada en vigor de la Constitución española del 1978. http://www.asodegue.org/diciembre1211.htm Ley 11/1995, de 11 de mayo, reguladora de la utilización y control de los créditos destinados a gastos reservados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Congreso de los Diputados, mediante la Proposición no de Ley de 21 de julio de 1994, ha acordado la aprobación de un nuevo régimen jurídico para los gastos reservados. La presente Ley, en consecuencia, precisa para el ámbito presupuestario de la Administración del Estado el concepto y régimen jurídico de los gastos reservados, establece una especial vinculación presupuestaria de los créditos respecto de los gastos así calificados, determina cuáles son los Ministerios que pueden disponer de créditos de esta naturaleza y prevé expresamente la aplicación a los mismos de la Ley de Secretos Oficiales a fin de salvaguardar su finalidad esencial. Ley 9/1968, de 5 de abril, reguladora de los Secretos Oficiales. Artículo 3. Toda la información relativa a los créditos destinados a gastos reservados, así como la correspondiente a su utilización efectiva, tendrán la calificación de secreto, de acuerdo con las leyes vigentes en materia de secretos oficiales. http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_da...=BOE-A-1968-444 Ley 16/1985 de 25 de Junio, de Patrimonio Histórico Español Art.57: La consulta del Patrimonio Documental Español se atendrá a las siguientes reglas: a) Con carácter general, tales documentos, concluida su tramitación depositados y registrados en los Archivos centrales de las correspondientes entidades de Derecho Público, conforme a las normas que se establezcan por vía reglamentaria, serán de libre consulta, a no ser que afecten a materias clasificadas, de acuerdo con la Ley de Secretos Oficiales o no deban ser públicamente conocidos por disposición expresa de la Ley, o que la difusión de su contenido pueda entrañar riesgos para la seguridad y defensa del Estado o la averiguación de los delitos. b.) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cabrá solicitar autorización administrativa para tener acceso a los documentos excluidos de consulta pública. Dicha autorización podrá ser concedida, en los casos de documentos secretos o reservados, por la autoridad que hizo la respectiva declaración, y en los demás casos, por el jefe del departamento encargado de su custodia. c) Los documentos que contengan datos personales de carácter policial, procesal, clínico o de cualquier otra índole que puedan afectar a la seguridad de las personas, a su honor, a la intimidad de su vida privada y familiar y a su propia imagen no podrán ser públicamente consultados sin que medie consentimiento expreso de los afectados o hasta que haya transcurrido un plazo de veinticinco años desde su muerte, si su fecha es conocida o, en otro caso, de cincuenta años a partir de la fecha de los documentos. La sentencia del Pleno del Tribunal Supremo, de fecha 19 de marzo de 1997, consecuencia de los recursos contenciosos-administrativos números 602/1996, 634/1996 y 726/1996, interpuestos al amparo de la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, por Dª M. J. A. B. y Dª F. A. S. (nº 602/96), por D. T. y D. C. U. A. (nº 634/96) y por D. P. O. E., Dª M. A. B. I. y Dª B. P. G. (nº 726/96), contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de agosto de 1.996, por el que no se accede a la desclasificación de determinada documentación, en la que se estiman parcialmente los mismos y declara nulo el citado Acuerdo en cuanto deniega la desclasificación de determinados documentos. El Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de agosto de 1996 no accede a la descalificación de determinados documentos solicitados por el Magistrado-Juez del Juzgado Central de Instrucción nº 1, en mérito del sumario nº 15/95, instruido por delitos de detención ilegal, tortura y asesinato presuntamente cometidos en las personas de José Ignacio Zábala Artano y de José Antonio Lasa Arostegui. "Ciertamente, la actual redacción de los artículos 24, 103, 106 y 117.3 de la Constitución, parece entrar en conflicto con el contenido de los artículos 4, 7, 11 y 13 de la citada Ley de Secretos Oficiales, que atribuyen al Consejo de Ministros la potestad de clasificar o desclasificar como secretos los asuntos o materias que el Juez reclama o imponer restricciones a su conocimiento o desplazamiento fuera de los centros oficiales de custodia, pues mientras los preceptos constitucionales citados otorgan un pleno poder procesal de investigación a los jueces, los mencionados preceptos de la Ley de Secretos Oficiales restringen esas potestades jurisdiccionales, siendo así que la Justicia, según el artículo 1º de la Constitución, se constituye como uno de los valores superiores sobre los que descansa el Estado democrático de Derecho y que el derecho fundamental de tutela judicial efectiva, cuando aparece invocado por el titular de un interés legítimo, debe ser objeto de protección y valoración judicial. Pero es igualmente cierto que las propias exigencias de eficacia de la acción administrativa, aludidas en el artículo 103.1 de la Constitución o la necesidad de preservar la existencia misma del Estado, en cuanto presupuesto lógico de su configuración como Estado de Derecho, pueden justificar que se impongan límites a la publicidad de la acción estatal y más concretamente, y por lo que hace al caso a resolver, que se encomiende al gobierno, a quien compete la dirección de la defensa del Estado -artículo 97 de la Constitución- una competencia primaria, en los términos que fije el legislador, artículo105.b.) de la Constitución, para decidir sobre la imposición de restricción la publicidad de la acción estatal frente a cualquier autoridad, con mayor razón cuando en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las libertades Fundamentales, de las Libertades Fundamentales de 1.950, se prevé la posibilidad de que el ejercicio de ciertos derechos pueda ser sometido a restricciones que constituyan medidas necesarias, en una sociedad democrática, para la seguridad nacional -artículos 10.2 y 11.2-, por lo que debe reconocerse validez, desde la perspectiva constitucional a la ley de Secretos Oficiales de 1.968, al menos en los aspectos en los aspectos en los que atribuye competencia al Consejo de Ministros, para clasificar o desclasificar como secretos determinados asuntos o actuaciones estatales, a través del procedimiento que en esa Ley se establece, pero sin que la expuesto quiera decir que esos actos del Consejo de Ministros sobre clasificación o desclasificación no puedan a su vez ser sometidos al enjuiciamiento del Tribunal Supremo -Sala de lo Contencioso-Administrativo- a la que conforme al artículo 58.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial compete la fiscalización jurisdiccional de los actos de esa Autoridad, con el fin de controlar su conformidad a Derecho". http://www.porticolegal.com/pa_articulo.php?ref=343 Luego Marugan se equivoca. Esta vigente la Ley de Secretos Oficiales de 1968. En igual sentido el Codigo de las leyes administrativas de Eduardo Garcia de Enterria |
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Embargado por la justicia el hotel particular parisiense de Teodorín Obiang La justicia investiga al hijo del presidente de Guinea Ecuatorial por desvío de fondos y blanqueo Ana Teruel París 4 AGO 2012 16:59 CET A pesar de las protestas diplomáticas, la justicia francesa no ceja en su empeño de investigar a Teodorín Obiang, segundo vicepresidente e hijo del presidente de Guinea Ecuatorial, Teodoro Obiang Nguema, por desvío de fondos y blanqueo de dinero. Los jueces encargados del caso, que a mediados de julio emitieron una orden de arresto internacional contra Teodorín, han embargado su suntuoso palacete parisiense, un hotel particular valorado en hasta 150 millones de euros, según reveló ayer una fuente judicial a la agencia France Presse. Malabo reivindica que se trata de una residencia protegida por la inmunidad diplomática porque Teodorín fue nombrado delegado adjunto de su país ante la UNESCO, pero Francia asegura que nunca recibió ninguna petición al respecto.......... El hotel particular de seis pisos y miles de metros cuadrados, situado en la prestigiosa Avenida Foch de París, a 150 metros del Arco de Triunfo, está valorado en unos 100 a 150 millones de euros y albergaba entre otros una discoteca y una peluquería. La residencia fue embargada el pasado 19 de julio, apenas una semana después de que la justicia emitiera una orden de arresto internacional contra Teodorín tras no presentarse a la convocatoria de los jueces. http://internacional.elpais.com/internacio...351_173352.html http://internacional.elpais.com/internacio...751_310526.html http://internacional.elpais.com/internacio...613_882615.html http://internacional.elpais.com/internacio...187_699004.html |
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Guinea Ecuatorial quiere capital asturiano en «todos los sectores» El embajador de la antigua colonia española asegura que «al principio las cosas van lentas», pero destaca las grandes opciones de inversión ELCOMERCIO.ES 11.08.12 - 01:23 - D. F. GIJÓN. El embajador de Guinea Ecuatorial, Narciso Ntugu Abeso, completó ayer su visita a la Feria de Muestras reuniéndose con una veintena de empresarios asturianos interesados en las posibilidades de inversión en la antigua colonia española. Ntugu Abeso señaló que su país se encuentra en un «proceso de desarrollo» y aseguró sentir que «no haya más empresas españolas» operando allí. «Sus inversiones están garantizadas», sostuvo, aunque «al principio es difícil porque en la administración las cosas van un poco lentas, hay que tener paciencia». Los emprendedores asturianos contaron también con la dilatada experiencia sobre el terreno de dos españoles, Miguel Macarro y Alberto Rey. Ambos les trasladaron que el país tiene grandes necesidades en «todos los sectores» y que cualquier tipo de inversión es bienvenida. «Construcción, empresas de muebles, cursos de formación, cualquier cosa», señalaron. Una de las pegas, además de la ya señalada por el embajador, es que «el 35% del capital de la empresa ha de estar controlado por un socio ecuatoguineano», lo que hace «totalmente necesario» ir al país, tener presenta física en el territorio. «No tengáis miedo, es muy tranquilo», aseguraron. Aunque pidieron al embajador una mejora respecto a la necesidad de visado para poder viajar a Guinea Ecuatorial, señalaron como principal ventaja el idioma, «todo el mundo habla español». http://www.elcomercio.es/v/20120811/asturi...l-20120811.html |
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“Vivimos un golpe de Estado global” La activista participó en el aniversario del 15-M Joseba Elola 13 AGO 2012 - 22:10 CET Comenzó su intervención explicando cómo el sistema en el que vivimos está de espaldas a los procesos naturales, tanto del planeta como de las personas; cómo la dependencia, los unos de los otros, es algo natural e insoslayable: somos dependientes al nacer, lo somos en la vejez. ¿Y quién realiza en la mayor parte de los casos ese trabajo invisible pero fundamental para nuestras existencias?:Las mujeres.......... Yayo Herrero, que además de profesora es una de las tres coordinadoras de Ecologistas en Acción, se muestra muy optimista, a pesar de la que está cayendo: “En el último año y medio el resurgir de la política en la calle ha sido impresionante”. En el aniversario del 15-M, observó un salto cualitativo importante en madurez, discurso y análisis del movimiento ciudadano. “Vivimos una especie de golpe de Estado global. No sabemos quiénes toman las decisiones. Al poder económico la gente le importa un carajo”...... http://sociedad.elpais.com/sociedad/2012/0...451_161177.html |
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La segunda fractura La brecha entre las dos Españas crece a pasos agigantados al aumentar la crisis las diferencias sociales Ignacio Sotelo 15 AGO 2012 23:03 CET Hace poco más de dos meses que la persona con la que hablase en Madrid descargaba una batería de recriminaciones contra la canciller alemana. Aumentaba la furia de mis interlocutores si me atrevía a decir que echar la culpa de nuestros males a los otros nos retrotraía al franquismo, empeñado en hacer siempre responsables a los “enemigos de España”, que desde el Siglo de Oro no habrían cesado de odiarnos................ Los españoles hemos aguantado siglos agazapados en nuestro rincón, y cuando hace apenas dos decenios empezábamos a sentirnos parte integrante del “Primer Mundo”, la crisis nos descubre que pertenecemos a un continente perdedor —el futuro está en Asia, y Europa se muestra cada vez más parte del problema— sin que ni siquiera en este marco tan poco esperanzador los mejores pronósticos sean para nosotros. Dentro de un contexto de perdedores, pertenecemos a la especie más amenazada........ El renacer de España, que la crisis está aniquilando en pocos años, se levantaba sobre un sistemático negar, ocultar, o falsear el pasado. Esta recuperación de la historia como experiencia vivida —otra cosa muy diferente es la que la ciencia histórica reconstruye, de la que contamos con una bibliografía impresionante en cantidad y calidad— empieza a brotar en la segunda legislatura de Aznar, cuando la derecha tuvo la impresión de que había recuperado definitivamente el poder que le corresponde casi por derecho natural: cuando no se respeta la “mayoría natural” de la que hablaba Fraga, más bien pronto que tarde, se desemboca en la catástrofe. Solo causas excepcionales, como la permanencia de algunos rescoldos del franquismo, que el 23-F sacó a la superficie, llevaron a los socialistas al poder en 1982. El brutal atentado del 11 de marzo habría facilitado que por segunda vez se torciera el camino de la historia, permitiendo a Zapatero ganar las elecciones contra todo pronóstico y lógica............. http://elpais.com/elpais/2012/07/16/opinio...089_164702.html |
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